31.7.12

Inadaptacion Social

PERSPECTIVAS DE LA INADAPTACIÓN SOCIAL

PERSPECTIVA JURÍDICO INSTITUCIONAL:

Numerosos autores han estudiado las distintas perspectivas desde las cuales se puede abordar la inadaptación: ZABALZA BERAZA (1998) o VALVERDE MOLINA (1993).

Según VALVERDE MOLINA (1993) la sociabilidad es inherente a la naturaleza humana y la sociabilidad del ser humano desempeña un papel fundamental en la configuración de la personalidad del individuo. Así el individuo sólo toma consciencia de su individualidad en relación con los demás miembros de su grupo y va adaptando su comportamiento en función de las respuestas que obtenga de su entorno institucional e interpersonal. La existencia de la sociedad exige un ordenamiento que regule las relaciones entre sus miembros y garantice la supervivencia social y la consecución de los objetivos comunes; es decir, la existencia de una sociedad implica necesariamente la instauración de un orden social.

La conformidad del comportamiento individual en ese orden social se consigue mediante la socialización, que consiste en el proceso a través del cual el individuo se va convirtiendo en miembro del grupo y llega a participar de las pautas compartidas de conducta mediante al internalización de las mismas. La adecuación del comportamiento a las normas sociales aparece, no como resultado de una imposición externa, sino como la satisfacción de una necesidad interna; esto es lo que se denomina «control interno del comportamiento».

Este proceso de socialización no siempre es suficiente para asegurar al adaptación del comportamiento de todos los individuos y grupos a la comunidad social. Como consecuencia de la falta de conformidad con los modelos de comportamiento normalizados institucionalmente se pueden dar dos formas alternativas de conducta:

- Aquellos comportamientos que, no siendo acordes con las pautas institucionales de una determinada colectividad, tienen como objetivo la modificación de dichas pautas.
- Aquellos comportamientos cuyo objetivo no es la modificación de las normas, sino la propia gratificación, que el grupo social rechaza, y que hallan respuestas que van desde la reprobación hasta la persecución del autor (es el caso de los individuos incluidos en el concepto de marginación social y, sobretodo, de aquellos que presentan un comportamiento desadaptado a las pautas institucionales).

Lo que diferencia a esas dos conductas es que, la primera sigue siendo una conducta sociable; mientras que la segunda ha perdido esa sociabilidad y antepone el «bien individual» al «bien social», siempre teniendo en cuenta el tipo de sociedad en el que se den.

La individualidad de objetivos del comportamiento desadaptado no implica que dicho comportamiento carezca de mensaje social, sino que el individuo que lo manifiesta no es capaz de evidenciarlo.

El sistema social establece fórmulas de control social que mediante una serie de mecanismos e instituciones trata de presionar a los individuos para que adapten su comportamiento a pautas institucionalizadas. De entre las instituciones de control social la jurídica es la que se considera más importante. Así, las leyes penales pueden definirse como un mecanismo a través del cual un determinado sistema social se defiende de las agresiones que lo ponen en peligro, como forma de garantizar su supervivencia.

Debemos tener en cuenta que el inadaptado se encuentra, en primer lugar, con las instituciones judiciales, sobre la que recae el poder de diagnosticar la desviación (juzgar) y de decidir el tratamiento (encarcelar) de la persona que lo presenta.

Por tanto, todas las actuaciones han de partir de este planteamiento y han de moverse dentro del margen marcado por las leyes. Según VALVERDE MOLINA (1993, p. 63) esta es una de las principales limitaciones con que el profesional de la ciencia de la conducta y el educador han de enfrentarse a la hora de iniciar una intervención que, necesariamente, ha de ser flexible en sus planteamientos y ha de encontrarse con la rigidez judicial, de la que depende (por ejemplo, esto ocurre cuando la relación terapéutica de un educador con un muchacho inadaptado ha de interrumpirse por el ingreso de este en prisión al cumplir dieciséis años. Aquí la institución penitenciaria influye de forma negativa en las relaciones entre el inadaptado y el educador).

A continuación intentamos detallar las características del planteamiento jurídico institucional:
El enfoque de la legislación española (en la legislación anterior a la ley 4/92) parte según González Zorrilla (1985) de que los delincuentes, por el hecho de serlo, son incapaces, anormales y por tanto peligrosos para la sociedad que, en consecuencia ha de reaccionar contra ellos mediante la adopción de medidas terapéuticas.

Así las notas que caracterizan a este planteamiento serían la defensa de los intereses sociales frente a las necesidades individuales. El modo de actuación institucional indica que su interés prioritario no es la recuperación del inadaptado, su reinserción social sino, la evitación de los efectos de la conducta desadaptada, mediante el aislamiento temporal. Los objetivos que se propone el planteamiento judicial son dos: la defensa social y la recuperación del individuo. El internamiento del delincuente pretende conseguir su defensa social pero esto, imposibilita conseguir la recuperación del individuo, ya que la defensa social sólo se logra a través del aislamiento temporal; lo que a largo plaza tendrá consecuencias negativas que revertirán sobre la propia sociedad.

Las instituciones de control social sólo sirven (y deficientemente) a la evitación de los efectos sociales del comportamiento desadaptado, pero son ineficaces para la recuperación individual y social del inadaptado por diversos motivos:

- La dureza de la pena, que es diferente según los antecedentes del delincuente.
- La procedencia social del infractor. No es lo mismo que proceda de los estratos más bajos de la población que de los más altos; tanto a nivel económico como educativo y cultural.
- La ausencia de medidas terapéuticas, encaminadas a la reinserción del delincuente y a su recuperación personal.
- La ausencia de medidas preventivas. No se estructuran medidas destinadas a hacer frente a la urgencia social de la prevención de los comportamientos desadaptados sino que simplemente se arbitra un sistema de represión penal.
- El momento de intervención de la Ley; ya que las instituciones judiciales no suelen intervenir cuando el inadaptado, generalmente niños, están en peligro (política preventiva), sino cuando es un peligro (política de defensa social), formalizando al inadaptado como delincuente.
- La formalización del inadaptado como delincuente, es decir, que formaliza el conflicto entre el individuo y su entorno desde el momento en que se judicializan las relaciones entre ambos a través de tribunal de justicia. En el momento en que el inadaptado manifiesta un comportamiento que empieza a ser peligroso, se encuentra con una institución de control social (juzgado, cárcel, centro de menores, tribunal de menores, etc.) que afrontará el conflicto sin aportar soluciones educativas y solidarias adecuadas a sus carencias, haciendo más profunda la inadaptación del individuo haciéndole consciente del rechazo social del que es objeto, y aislándole del grupo en una institución cerrada, sin ofrecerle apenas nada más, es decir profundizando en la contradicción entre las necesidades existenciales del inadaptado y las de la sociedad que lo configura o genera. Así, el individuo va a aprender a percibirse a sí mismo como diferente, asumiendo el rol de «malo» e identificándose con personajes antisociales a los que tratará de imitar. Progresivamente internalizará una imagen negativa de sí mismo e irá disminuyendo progresivamente sus experiencias sociales

Entonces, como consecuencia de esta formalización, el individuo se irá sumergiendo en una dinámica conflictiva con el medio institucional, llegando a asumir la diferencia y formalización de que es objeto «madurando» como delincuente y «cualificando» su comportamiento desadaptado.

La distancia existente entre las dos partes del conflicto (el inadaptado y las instituciones) impide la comunicación entre ambos. Esta distancia se manifiesta como:

- Distancia geográfica, ya que la mayoría de los inadaptados residen en barrios suburbiales o periféricos de las ciudades, mientras que los tribunales, de los que viene la respuesta a su situación, se hallan en barrios acomodados.
- Distancia social, que separa al inadaptado de las personas encargadas por la sociedad para su protección: Distinta clase social, distintas motivaciones, intereses, código lingüístico, cultural, etc. sobre todo están separados por la distinta visión que cada uno de ellos tiene sobre el conflicto.
- Distancia intelectual, es decir, las personas encargadas de la intervención en muchos casos, desconocen los antecedentes biográficos del inadaptado.

Esta distancia entre el individuo y el procedimiento jurídico-institucional, provocará la profundización en el conflicto, en la incomunicación entre el inadaptado y su entorno institucional, lo que progresivamente agravará las agresiones mutuas.

PERSPECTIVA ASISTENCIAL

Se interesa por la situación carencial pero, no se plantea las consecuencias de esa situación para la persona y el sistema social en que se da. El movimiento benéfico-asistencial es un medio de asegurar la dependencia de aquellos a los que se da asistencia.

La perspectiva asistencial, junto con la jurídica son los principales planteamientos de la intervención social con marginados, especialmente en lo que respecta a la marginación infantil (aportando soluciones más eficaces que los restantes planteamientos al tema del abandono de niños).

En el Estado Español la actuación institucional sobre inadaptados (especialmente en el caso de menores delincuentes), se ha movido entre una actitud represiva y otra benéfico-asistencial.

Lo más importante de la perspectiva asistencial es que se construye en torno a las carencias del individuo y supone una estrategia para afrontar el problema del inadaptado mediante acciones dirigidas a erradicar el problema concreto, procediendo a dotar al individuo carencial de nuevos recursos, ya sea manteniéndolo en su propio ambiente o sacándolo de él.

La perspectiva asistencial no suele atender a otras consecuencias derivadas de la carencia, como las psicológicas. Considera que, ofreciendo soluciones a la carencia se normalizará por sí sola la situación del individuo. Por ello, esta intervención centrada exclusivamente en la carencia tiene efectos negativos entre los que podemos citar: provoca internamientos innecesarios, afecta al desarrollo cognitivo del niño (en el caso de menores ) y a la evolución de su sociabilidad, limitando y perturbando su capacidad para establecer relaciones interpersonales futuras sanas, distorsionando su comportamiento social. Además el hecho de paliar la carencia no tiene porqué suponer la extinción del comportamiento, sino que éste, probablemente se seguirá manifestando, sobre todo, en una situación de internamiento.

En el paso de la «caridad al pobre» a la «represión del delincuente» se justifica en base al «comportamiento desagradecido» del individuo.

Según Valverde (1988), la perspectiva asistencial presenta las siguientes ventajas: Humaniza las acciones judiciales, suavizando el conflicto entre el inadaptado y la institución; aporta soluciones, aunque parciales y no definitivas, a la situación carencial del individuo inadaptado. Los inconvenientes son, según este mismo autor, que:

- Sólo incide sobre la carencia y nunca sobre el origen de la misma. Al no afrontar globalmente el problema carencial no pone las bases para que el comportamiento desadaptado no vuelva a darse.
- La actuación preventiva con respecto del comportamiento desadaptado va dirigido al individuo y a su entorno familiar más inmediato, sin abordar la prevención en general.
- Exige del sujeto una sumisión incondicional a los valores y estilos de vida del benefactor (el planteamiento asistencial el, por tanto, un nuevo mecanismo de control social de los individuos y grupos más desfavorecidos .
- El fracaso de las medidas asistenciales da pie a la intervención de las instituciones judiciales.
- Pretende que el individuo se recupere no a través de su maduración como persona, sino mediante la aceptación pasiva de una determinada estructura social y del rol que le ha tocado vivir.
- No suele contar con un personal técnicamente cualificado para realizar una intervención normalizadora .

Como podemos observar, tanto la perspectiva jurídica como la asistencial tienen como objetivo la intervención.

PERSPECTIVA SOCIOLÓGICA

El objetivo que se proponen tanto la Sociología como la Psicología es el estudio científico del fenómeno, el llegar a delimitarlo teóricamente y deducir de ahí unos modelos desde los cuales analizarlo.

La perspectiva sociológica va dando lugar a una «corresponsabilidad individual sociedad en los procesos de inadaptación».

La Sociología se centra en la desviación comportamental entendida como un proceso de desestructuración surgido de la dinámica peculiar en que las relaciones individuo-sociedad se van produciendo. La Sociología acepta el comportamiento desviado como algo inherente a la desorganización estructural de al sociedad, pero, no la cuestiona, no ofrece alternativas.

Las diferencia entre el término desviado y delincuente desde la perspectiva sociológica son que, mientras que delincuente hace referencia a las consecuencias legales del comportamiento, desviado se encamina a describir y explicar el comportamiento en sí, en relación con el contexto en que se produzca.

TEORIA DEL ETIQUETADO O ESTIGMACION:

La estigmación, el etiquetado o la identificación pública y formal de una persona como inadaptado, es una de las causas de la entrada en la carrera de conducta inadaptada. El etiquetado produciría una estabilidad de la identidad personal del inadaptado y provoca la adquisición de una nueva identidad social y personal, una identidad de inadaptado. Entre los defensores de esta teoría destacan H. Becker (1963), E. Lemer (1967) y E. Schurt (1973). Desde esta perspectiva se distingue entre:

- Desviación primaria o transgresión de normas sin que exista desviación y etiquetamiento
- Desviación secundaria, en la que se trasgresor ha interiorizado una personalidad de desviado y actúa como tal.

El paso de un tipo a otro de desviación depende ante todo de la presencia de control social formal o etiquetamiento. En la medida en que éste tenga lugar, la probabilidad de paso a una carrera desviada será mayor.

PERSPECTIVA PSICOLÓGICA:

Esta perspectiva va a profundizar en la dialéctica entre el inadaptado y el entorno social, centrándose en la consideración del sujeto.

Hay tres campos relacionados con el fenómeno de la delincuencia que interesan a la Psicología:

- La intervención sobre el problema.
- El diseño de experiencias preventivas que colaboren a la evitación del comportamiento delictivo.
- La incidencia de los psicólogos en la instituciones de control social (centros de reforma cerrados, cárceles, juzgados de menores, etc. ) queda siempre supeditada a la supremacía de los planteamientos judiciales.

La Psicología ha contribuido desde diferentes niveles de análisis del problema y desde diferentes escuelas y perspectivas teóricas a marcar la trayectoria de la inadaptación social desde la perspectiva del sujeto inadaptado.


PERSPECTIVA PSICOSOCIAL:

Esta perspectiva considera que la conducta antisocial no es la causa de una personalidad delincuente.

Para explicar el comportamiento inadaptado esta perspectiva considera necesario tener en cuenta las características del ambiente relacional del individuo, ya que, este va modelando su conducta y configurando su personalidad en función de dicho ambiente, desarrollando unas determinadas pautas de conducta que entran en conflicto con el sistema social y provocan una determinada respuesta.

Según VALVERDE MOLINA (1988) la conducta del inadaptado es un intento constante por adaptarse a las características anormales de un determinado ambiente, siendo dichas características las que determinan la anormalidad de su comportamiento. Por tanto, esa conducta nos parecerá anormal si la analizamos desde nuestros parámetros particulares, válidos para nuestra vida pero no para la del inadaptado. Por ello, Valverde sostiene que el inadaptado es una persona tan adaptada que necesita inadaptarse para adaptarse.


PERSPECTIVA INTERACCIONAL:

Esta perspectiva es estudiada fundamentalmente por VALVERDE MOLINA (1993). Desde ella, la conducta viene determinada, según AVIA (1978), por un proceso continuo de interacción multidimensional entre la persona y la situación en que se encuentra. Toda intervención debe partir de la realidad del individuo y no proyectar sobre su conducta toda la carga valorativa de nuestro propio proceso de socialización.

Esta perspectiva sostiene que en el proceso de interacción el individuo es un agente intencional activo. La persona interpreta las situaciones y les asigna un significado en función de las consecuencias que dichas situaciones hayan tenido en el pasado. Desde la experiencia de su vida, el inadaptado selecciona las situaciones para acercarse a aquellas que le hayan proporcionado algún tipo de satisfacción, como la calle; y huye de las que han tenido unas consecuencias frustrantes, como la escuela.

Desde el aspecto personal de la interacción, los elementos cognitivos son factores determinantes de la conducta, aunque también los factores emocionales desempeñan un papel importante.

Entre las posibles soluciones al conflicto individuo-medio están:

- El Conformismo pasivo: Caracterizado por la aceptación implícita del individuo de la imposibilidad de acceder a las metas culturales. Supone una conformidad con el sistema social. Rara vez la persona entrará en conflicto con las leyes o las instituciones de control social, se trata de un individuo que acepta el papel que le ha tocado representar en la vida, y que no sólo es tachado de inadaptado sino que es propuesto por el grupo normativo como ejemplo de adaptación y normalidad. Es pasivo porque el individuo no se adapta incorporándose al grupo normativo, sino que se resigna a considerar a ese grupo como un modelo a imitar, pero, también como inalcanzable.

Este individuo no es inmune a la presión hacia las metas culturales. La frustración que frecuentemente acompaña al conformismo pasivo puede conducir a una situación de inadaptación personal que supone una insatisfacción profunda vital del individuo que va a incidir sobre su entorno, sobre todo, familiar.

El conformismo pasivo pues, se trata de una situación de adaptación social pero, normalmente a costa de una inadaptación personal.

- La conducta antisocial: Se trata de individuos que se inadaptan para adaptarse. El individuo que comete conductas infractoras para evitar la frustración que le produce la situación anómica. Se expresa por conductas y actitudes de enfrentamiento, violencia, ruptura de normas...

- La conducta de retirada: Manifestada por aquellos individuos que ni aceptan el conformismo pasivo ni manifiestan una conducta antisocial. Refugio en conductas y estilos de vida que tienen tanto a evitar el enfrentamiento como una participación en la sociedad. Son aquellos individuos que abandonan las metas culturales y se aislan de la sociabilidad, no las rechazan. Hay que tener en cuenta que conductas aparentemente idénticas piden tener motivaciones muy diversas, psicólogos educadores deben intervenir sobre las motivaciones subjetivas de la conducta, no sobre la consideración que la misma se da en el código penal.

Los fines culturales perseguidos por la mayoría del grupo social ejercen una gran fuerza ante la que son necesarias vías de escape que atenúan la frustración.


PERSPECTIVAS DE INTERVENCIÓN:

Para Matza (1981) citado en García Roca y otros (1991, p 20-21) existen dos perspectivas de intervención que serían: la correcional y la empática.

* Perspectiva correcional:

Está marcada por el deseo de eliminar el fenómeno y por el empeño de corregirlo. Carece de voluntad de simpatizar con el fenómeno desviado, lo que le imposibilita comprenderlo en profundidad. Desde esta perspectiva se adopta el punto de vista de la comunidad, del grupo social mayoritario y de la ciudadanía convencional. Poco o nada importa el punto de vista del sujeto desviado. La intervención, desde esta perspectiva, se centra en convencer a aquellas que se han apartado de los patrones morales vigentes para que vuelvan al camino recto.

* Perspectiva empática:

Atiende a los procesos marginales, a los modos propios de aprehensión de lo real y a las formas de comunicación específicas de la marginalidad. Aquí no importa tanto corregir y controlar como escuchar lo que la marginación comunica a través de su mutismo, su agresividad, su violencia o su conducta desviada. Esa perspectiva se propone empatizar con el mundo subjetivo del marginado, desde la propia visión del marginado; es consciente de que las formas en que se manifiesta la inadaptación son siempre síntomas de otra realidad que debe ser abordada en al intervención educativa. Por tanto, es más importante la historia, la vida y el contexto que el propio problema o carencia.

Los métodos de intervención deben atender a la especificidad individual de aquellas a quienes se destinan, es decir, no hay una fórmula universal simplemente deben quedar excluidas la rigidez de las respuestas y la uniformidad de los modelos.



 

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